Art. 6
En vigor desde 15 abr 1987
1. Los órganos de gobierno y dirección del Instituto de Fomento de Andalucía son el Presidente y el Consejo Rector. Este tendrá la composición que reglamentariamente se establezca.
2. El Presidente y los miembros del Consejo Rector serán nombrados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Economía y Fomento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/1987/04/13/3#art-6