Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Tasa por publicación de actos y anuncios en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil»

Art. 23

En vigor desde 13 ene 2009
Los elementos para la cuantificación del importe exigible por los actos a publicar en la sección primera del «Boletín Oficial del Registro Mercantil», se agrupan de la siguiente forma: Actos inscritos: a) Actos simples. b) Actos complejos. Otros actos publicados en el Registro Mercantil. Se modifica con efectos de 1 de enero de 2009, por el art. 79.2 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744 . Se modifica por el de la Ley 53/2002, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-25412 .

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eli/es/l/1998/07/13/25#art-23

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