Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª La Administración Tributaria de la Junta de Andalucía

Art. 8

En vigor desde 1 ene 2008
Se crea la Oficina para la Defensa del Contribuyente, adscrita a la Consejería competente en materia de Hacienda, para velar por la efectividad de los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración tributaria de la Junta de Andalucía. Su estructura y régimen de funcionamiento se regulará mediante Decreto del Consejo de Gobierno.
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eli/es-an/l/2007/12/18/23#art-8

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