Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección primera. Disposiciones generales

Art. 29

En vigor desde 16 ene 2011
La dotación y la financiación de las medidas de fomento establecidas por el presente capítulo se aplican mediante la creación, entre otros, de los siguientes fondos de fomento: a) El Fondo para el fomento de la producción de obras cinematográficas y audiovisuales. b) El Fondo para el fomento de la distribución independiente. c) El Fondo para el fomento de la exhibición. d) El Fondo para el fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográficas. e) El Fondo para el fomento de la competitividad empresarial.
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eli/es-ct/l/2010/07/07/20#art-29

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