Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Derechos de las personas menores
Art. 34
En vigor desde 29 ago 2024
1. Las personas menores tienen derecho a recibir una formación cultural integral, que les permita desarrollar su capacidad intelectual y artística y sus habilidades manuales y físicas, así como a conocer y desarrollar su cultura de origen y a que se respeten sus opciones culturales, independientemente de cuál sea su cultura familiar.
2. Tienen asimismo derecho a disfrutar plenamente de la vida cultural y artística de la comunidad.
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Proeli/es-pv/l/2024/02/15/2#art-34