Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Derechos de las personas menores
Art. 30
En vigor desde 29 ago 2024
1. Las personas menores de edad tienen derecho a decidir sobre su maternidad, en función de su edad y madurez, y de acuerdo con la legislación específica vigente.
2. Con el fin de garantizar el ejercicio de este derecho, podrán acceder a la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo en los plazos y con los requisitos establecidos en la legislación específica sobre la materia.
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Proeli/es-pv/l/2024/02/15/2#art-30