Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 49
En vigor desde 9 may 2020
1. En el ejercicio de la función inspectora, pueden adoptarse las medidas cautelares a que se refiere el apartado 2, haciendo constar en el acta tanto el objeto como los motivos que aconsejen su adopción. Estas medidas cautelares deben guardar proporción con la irregularidad detectada y deben mantenerse durante el tiempo estrictamente necesario para la realización de las pertinentes diligencias o, en caso de que la no-conformidad sea corregible, durante el tiempo necesario para la eliminación de lo que motivó su actuación, lo que debe ser verificado por el personal que realiza las funciones inspectoras.
2. Las medidas cautelares pueden consistir en las siguientes actuaciones:
a) La inmovilización de los productos vitivinícolas y de las materias o los elementos para la producción y la comercialización vitivinícolas.
b) El control previo de los productos que se pretendan comercializar.
c) La paralización de los vehículos en los que se transporten productos vitivinícolas o materias y elementos para la producción y la comercialización vitivinícolas.
d) La retirada del mercado de productos vitivinícolas o materias y elementos para la producción y la comercialización vitivinícolas.
e) La suspensión temporal del funcionamiento de un área, un elemento o una actividad del establecimiento inspeccionado.
f) La suspensión provisional de la comercialización, compra o adquisición de productos vitivinícolas o de materias y elementos para la producción y la comercialización vitivinícolas.
3. Las medidas cautelares adoptadas por el personal que realiza funciones inspectoras no pueden durar más de quince días y deben ser confirmadas, modificadas o levantadas por el órgano competente para iniciar el procedimiento sancionador. Estas medidas quedan sin efecto si en el plazo indicado no se han realizado las actuaciones complementarias.
4. Los gastos generados por la adopción de las medidas cautelares corren a cargo de la persona responsable o titular de los derechos sobre las mercancías.
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Proeli/es-ct/l/2020/03/05/2#art-49