Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección tercera. Tramitación de los dictámenes

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 10 mar 2009
A partir de la entrada en vigor de la presente ley, el Consejo Consultivo de la Generalidad y los miembros que lo integran se mantienen en funciones hasta la constitución del Consejo de Garantías Estatutarias.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2009/02/12/2#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil