Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 18

En vigor desde 23 mar 2003
Corresponde a las Consejerías competentes por razón de la materia, a las Corporaciones Locales y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la realización de las inspecciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo previsto en esta Ley en sus respectivos ámbitos competenciales de actuación.
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eli/es-ex/l/2003/03/13/2#art-18

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