Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 2.ª Gestión por objetivos del sector público administrativo autonómico
Art. 70
En vigor desde 1 ene 2007
La Consejería competente en materia de Hacienda, en colaboración con los distintos centros gestores de gastos, impulsará y coordinará la evaluación continuada de las políticas de gasto con la finalidad de asegurar que las mismas alcancen sus objetivos estratégicos y el impacto socioeconómico pretendido.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2006/10/24/14#art-70