Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 22

En vigor desde 15 nov 2006
La administración deportiva de la comunidad autónoma colaborará con las universidades radicadas en las Illes Balears en las actividades de fomento y promoción de la actividad física y del deporte así como en la organización y realización de actividades deportivas no encuadradas en competiciones oficiales de ámbito federativo. Dicha colaboración, en su caso, puede hacerse extensiva a la elaboración de programas específicos dirigidos a la participación en competiciones oficiales.
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eli/es-ib/l/2006/10/17/14#art-22

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