Art. 22
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 22

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En vigor desde 15 nov 2006
La administración deportiva de la comunidad autónoma colaborará con las universidades radicadas en las Illes Balears en las actividades de fomento y promoción de la actividad física y del deporte así como en la organización y realización de actividades deportivas no encuadradas en competiciones oficiales de ámbito federativo. Dicha colaboración, en su caso, puede hacerse extensiva a la elaboración de programas específicos dirigidos a la participación en competiciones oficiales.
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eli/es-ib/l/2006/10/17/14#art-22