Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Del Registro Municipal de Entidades

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 30 jun 2026
(Derogada) Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 3/2026, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2026-17189#dd Se modifica por el de la Ley 8/2001, de 3 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-1379 Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria 1 de la citada ley. Redactado el punto 17 conforme a la corrección de errores publicada en el BOC núm. 9, de 21 de enero de 2002. Ref. BOE-A-2002-4925

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eli/es-cn/l/1990/07/26/14#disposicion-adicional-primera

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