Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.a Normas generales
Art. 16
En vigor desde 14 dic 1991
Las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia se regirán por las normas de la presente Ley, por las disposiciones legales de cada tasa y por las normas reglamentarias dictadas en desarrollo de las mismas, por la Ley de gestión económica y financiera pública de Galicia y, en su defecto, por la Ley general tributaria y demás disposiciones generales en materia tributaria en cuanto resulten de aplicación.
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Proeli/es-ga/l/1991/12/09/13#art-16