Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 56

En vigor desde 10 oct 2008
Se promoverán por las entidades públicas programas culturales y actividades deportivas que fomenten la integración social de los niños y adolescentes enfermos o con algún tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial.
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eli/es-vc/l/2008/07/03/12#art-56

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