Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 51
En vigor desde 10 oct 2008
Las entidades públicas promoverán las acciones y medidas necesarias para facilitar a los menores enfermos o con discapacidad su integración en el ámbito familiar, escolar, social y laboral.
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Proeli/es-vc/l/2008/07/03/12#art-51