Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª De las actividades juveniles de tiempo libre
Art. 39
En vigor desde 19 sept 2002
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente Ley, las siguientes actividades:
a) Actividades de carácter familiar.
b) Actividades acogidas a la Ley de Turismo de Castilla y León.
c) Cualquier otra que se establezca reglamentariamente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2002/07/10/11#art-39