Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO XVI

Art. 169

En vigor desde 25 dic 1998
Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten la concesión de autorizaciones administrativas en zona de dominio público hidráulico y de policía de canales.
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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-169

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