Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 24 dic 1986
En tanto se constituye el órgano consultivo superior a la Comunidad Autónoma el informe a que hace referencia el artículo 20 será instado del Consejo de Estado.
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eli/es-as/l/1986/11/20/11#disposicion-transitoria-tercera

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