Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IX

Art. 429

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En vigor desde 1 ene 2009
1. Todos los gastos judiciales o extrajudiciales originados por la actuación de los albaceas corren a cargo de la herencia. 2. Los albaceas tienen derecho al reembolso de los gastos causados por el ejercicio de su función.
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eli/es-ct/l/2008/07/10/10#art-429-5

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