Título TÍTULO VII
Art. 97
En vigor desde 14 abr 2016
No se aplica el anterior régimen sancionador a las personas vinculadas a las administraciones públicas por una relación contractual, así como al personal a su servicio, a las que se aplicarán las normas que regulan su concreto régimen sancionador.
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Proeli/es-pv/l/2016/04/07/1#art-97