Libro LIBRO TERCEROTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 163

En vigor desde 21 mar 2014
La consejería competente en materia agraria reconocerá una única organización interprofesional por sector o producto en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2014/03/19/1#art-163

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil