Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO VII

Art. 122

En vigor desde 21 mar 2014
La protección y lucha contra las plagas agrícolas y epizootias de nuestra Comunidad persigue los siguientes objetivos: a) Garantizar la vigilancia, prevención y control permanente y, en su caso, erradicación, de las plagas agrícolas y epizootias que pueden afectar a los cultivos y a la cabaña ganadera de Castilla y León. b) Actuar de forma planificada, ágil y eficaz para evitar o minorar en todo lo posible los daños derivados de las plagas agrícolas y epizootias.
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eli/es-cl/l/2014/03/19/1#art-122

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