Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 6 mar 2004
1. Queda automáticamente integrado en los siguientes cuerpos el personal funcionario que accedió a plazas de los mismos: a) Se integran en el Cuerpo Superior de la Administración, Cuerpo de Gestión Administrativa, Cuerpo Administrativo, Cuerpo Auxiliar Administrativo y Cuerpo Subalterno el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de los mismos. b) Se integran en el Cuerpo Superior Facultativo, Cuerpo de Técnicos de Grado Medio y Cuerpo de Ayudantes Técnicos dentro de la opción correspondiente a su titulación el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de los mismos en la que se exigía una única titulación concreta. 2. Queda automáticamente integrado en las siguientes escalas el personal funcionario que accedió a plazas de los cuerpos correspondientes: a) Se integra en la Escala de Archivos, Bibliotecas y Documentación del Cuerpo Superior Facultativo el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Archivero, Bibliotecario y Documentalista del Cuerpo Superior Facultativo. b) Se integra en la Escala de Estadística del Cuerpo Superior Facultativo el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Estadístico del Cuerpo Superior Facultativo. c) Se integra en la Escala de Sistemas y Tecnologías de la Información del Cuerpo Superior Facultativo el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Informático del Cuerpo Superior Facultativo. d) Se integra en la Escala de Normalización Lingüística del Cuerpo Superior Facultativo el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Técnico de Normalización Lingüística del Cuerpo Superior Facultativo. e) Se integra en la Escala de Traducción del Cuerpo Superior Facultativo el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Traductor del Cuerpo Superior Facultativo. f) Se integra en la Escala de Archivos, Bibliotecas y Documentación del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Archivero, Bibliotecario y Documentalista del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio. g) Se integra en la Escala de Estadística del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Estadístico del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio. h) Se integra en la Escala de Sistemas y Tecnologías de la Información del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Informático del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio. i) Se integra en la Escala de Normalización Lingüística del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Técnico de Normalización Lingüística del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio. j) Se integra en la Escala de Traducción del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Traductor del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio. k) Se integra en la Escala de Laboratorio del Cuerpo de Ayudantes Técnicos el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Ayudante de Laboratorio del Cuerpo de Ayudantes Técnicos. l) Se integra en la Escala de Traducción del Cuerpo de Ayudantes Técnicos el personal funcionario que accedió por integración o mediante convocatoria pública a plazas de Traductor del Cuerpo de Ayudantes Técnicos.
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eli/es-pv/l/2004/02/25/1#disposicion-adicional-primera

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