Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 35

En vigor desde 21 dic 2010
Constituyen infracciones administrativas en materia de promoción de la igualdad, asistencia a la mujer y atención integral a la mujer víctima de violencia de género, las acciones y omisiones tipificadas como tales en la presente ley, calificándose como leves, graves o muy graves. Se modifica por la disposición final 2.3 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-20072#df-2

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eli/es-cl/l/2003/03/03/1#art-35

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