Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 31

En vigor desde 21 dic 2010
La Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León llevará a cabo las actuaciones de inspección sobre los servicios, actividades e instalaciones para la mujer en el ámbito territorial de la Comunidad con el fin de garantizar el cumplimiento de las prescripciones contenidas en la legislación vigente en materia de igualdad y en materia de atención integral a la mujer víctima de violencia de género. Se modifica por la disposición final 2.2 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-20072#df-2

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2003/03/03/1#art-31

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil