Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Organización y funcionamiento
Art. 98
En vigor desde 12 mar 2003
El consejo social tendrá presupuesto propio, como centro de costo independiente y específico dentro del presupuesto de la universidad. La gestión del presupuesto y la disposición de los fondos deben hacerse de la forma que acuerde el consejo social, en el marco del reglamento de organización y de funcionamiento interno.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2003/02/19/1#art-98