Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Organización y funcionamiento
Art. 95
En vigor desde 12 mar 2003
La presidencia del consejo social puede invitar a asistir a las reuniones del pleno o de las comisiones, con voz y sin voto, a personas expertas y miembros de la comunidad universitaria, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar.
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Proeli/es-ct/l/2003/02/19/1#art-95