Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
En vigor desde 24 mar 2002
Corresponde a la Junta General:
a) Aprobar la gestión del Consejo de Administración del Consorcio de Transportes de Asturias.
b) Aprobar la ampliación del número de miembros del Consejo de Administración.
c) Informar los planes intermodales de transporte de viajeros de Asturias.
d) Debatir los problemas generales de movilidad en el ámbito de actuación del Consorcio de Transportes de Asturias e impartir directrices al Consejo de Administración para orientar las soluciones más recomendables.
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Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2002/03/11/1#art-7