Capítulo CAPÍTULO XII

Art. 43

En vigor desde 4 jun 1986
Se podrán conceder auxilios económicos y técnicos, con objeto de estimular y facilitar la unificación de las distintas titularidades dominicales que pudieran recaer sobre los diversos aprovechamientos de una misma dehesa.
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eli/es-ex/l/1986/05/02/1#art-43

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