Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 16

En vigor desde 4 jun 1986
Si en la fase de realización del Plan, por razones climatológicas excepcionalmente adversas o por causas de fuerza mayor, quedara disminuida transitoriamente la productividad de la dehesa, la Consejería de Agricultura y Comercio, a solicitud del interesado, podrá modificar el Plan o fijar nuevo plazo para la ejecución del mismo.
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eli/es-ex/l/1986/05/02/1#art-16

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