Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Tasa por prestación de servicios de salud, inspecciones sanitarias de salud pública y expedición de libros y carnés
Art. 57
En vigor desde 1 ene 2009
Constituye el hecho imponible la prestación de servicios de salud relativos a inspecciones y autorizaciones sanitarias y la expedición de libros oficiales de registro y visitas, y de carnés de aplicador de biocidas y de técnicos en emergencias sanitarias.
Se modifica por el .6 de la Ley 6/2008, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4690 . Se modifica por el .5 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-6252 . Se modifica por el .3 de la Ley 15/2002, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-2905 .
Tus anotaciones
Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-57