Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 13
En vigor desde 14 oct 2023
Los funcionarios que impartan las enseñanzas de idiomas en las escuelas oficiales pertenecerán al Cuerpo de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/dlg/2023/09/21/4#art-13