Art. 13
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 13

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En vigor desde 14 oct 2023
Los funcionarios que impartan las enseñanzas de idiomas en las escuelas oficiales pertenecerán al Cuerpo de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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