Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XCVII
Art. 483
DerogadoEn vigor desde 10 jul 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que reúnan los requisitos exigidos por la normativa vigente para ser considerados familia numerosa.
Se añade por el .26 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#art-483