Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XCVIII
Art. Artículos 487 a 491
En vigor desde 1 ene 2015
(Sin contenido) .
Se dejan sin contenido por el .17 de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1956 . Se añade por el .27 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2012-12816 .
Tus anotaciones
Proeli/es-md/dlg/2002/10/24/1#articulos-487-a-491