Capítulo CAPÍTULO III
Art. 26
En vigor desde 6 jun 1967
En el expediente se aportarán cuantos datos tiendan a la comprobación de los hechos y circunstancias que puedan contribuir a la fijación de los gastos, daños y perjuicios sufridos con ocasión del servicio prestado.
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Tus anotaciones
Proeli/es/d/1967/04/20/984#art-26