Secc. Sección segunda

Art. Artículo decimoctavo

En vigor desde 21 feb 1971
Si el hipotecante fuere el distribuidor, se aplicarán también las reglas del artículo decimosexto, ateniéndose, según los casos, a que la película se explote por el sistema de subdistríbución a precio alzado, por el de porcentaje o directamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1970/12/31/3837#articulo-decimoctavo

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil