Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Acto de entrega de despachos
Art. 20
En vigor desde 20 dic 2005
El acto de entrega de despachos a quienes ingresen en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado bien por concurso entre juristas de reconocido prestigio al que se refiere el artículo 301,6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial o bien por superar las pruebas de especialización en los órdenes jurisdiccionales contencioso-administrativo y social, consistirá en un acto protocolario que se celebrará preferentemente en la sede del Consejo General del Poder Judicial; será presidido por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial y asistirán aquellas autoridades que se considere oportuno.
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Proeli/es/a/2005/11/23/(1)#art-20