Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Subsección primera›§ De la Junta de Personal
Art. 62
En vigor desde 22 nov 2025
1. La Junta de Personal tendrá las siguientes facultades:
a) Recibir la información que le será facilitada mensualmente sobre la política de personal y de los acuerdos de las Mesas en esta materia. Las organizaciones sindicales y asociaciones profesionales legalmente constituidas en las Cortes Generales tendrán igualmente acceso a esta información.
b) Ser informada y, en su caso, emitir informes sobre las siguientes materias:
– Traslado total o parcial de las instalaciones.
– Planes de formación del personal.
– Implantación o revisión de sistemas de organización y métodos de trabajo.
– Bases y temarios de oposiciones.
c) Ser informada de todas las sanciones impuestas por faltas graves y muy graves. A esta información tendrán también acceso las organizaciones sindicales y asociaciones profesionales legalmente constituidas en las Cortes Generales.
d) Ser informada sobre nombramientos, adscripciones, traslados y concursos. En este último caso, se remitirá a la presidencia una copia de las puntuaciones pormenorizadas según el baremo y los resultados generales del concurso.
e) Ser informada anualmente sobre la estructura y cuantía de los conceptos retributivos del personal funcionario de las Cortes Generales.
f) Tener conocimiento y ser oída respecto del establecimiento de la jornada laboral y horarios de trabajo, régimen de vacaciones, permisos y licencias.
g) Conocer las estadísticas sobre:
– Índices de absentismo y sus causas.
– Accidentes en actos de servicio y enfermedades profesionales y sus consecuencias, índices de siniestralidad, estudios periódicos o especiales del ambiente y las condiciones de trabajo, así como mecanismos de prevención que se utilicen.
– Régimen y aplicación de las incompatibilidades.
h) Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, protección social y empleo y ejercer, en su caso, las acciones legales oportunas.
i) Controlar las condiciones de seguridad y salud laboral en el desarrollo del trabajo.
j) Participar en la gestión de obras sociales para el personal, pudiendo delegar esta facultad en una Comisión en la que tendrán derecho a participar todas las organizaciones sindicales y asociaciones profesionales de personal funcionario de las Cortes Generales.
k) Colaborar con la Administración parlamentaria para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.
l) Informar a todo el personal sobre todos los asuntos a los que se refiere esta sección.
2. Quedan excluidas de la obligatoriedad de la consulta con la Junta de Personal, o negociación en su caso, las decisiones de las Cámaras que afecten a sus potestades de organización, al ejercicio de los derechos de los ciudadanos ante el personal funcionario, a las funciones de los parlamentarios y parlamentarias y al procedimiento de formación de los actos y disposiciones administrativas.
3. Cuando las consecuencias de las decisiones que afecten a potestades de organización puedan tener repercusión sobre las condiciones de trabajo del personal funcionario, procederá la audiencia a la Junta de Personal.
4. Los miembros de la Junta de Personal y esta en su conjunto observarán sigilo profesional en todo lo referente a los temas en que las Cámaras señalen expresamente el carácter reservado. En todo caso, ninguna información o documento reservado entregado a la Junta de Personal podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de las Cortes Generales o para fines distintos de los que motivaron su entrega.
5. La Junta de Personal de las Cortes Generales, colegiadamente, por decisión mayoritaria de sus miembros, goza de la legitimación para iniciar, como interesada, los correspondientes procedimientos administrativos, así como para ejercitar las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones de representación del personal funcionario.
6. Las Cámaras facilitarán a la Junta de Personal los medios materiales para llevar a cabo sus funciones; entre estos, dispondrá de un espacio habilitado en la Intranet de cada Cámara para poner información al alcance de todo el personal representado.
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Proeli/es/a/2025/11/20/(1)#art-62