Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Plazas de carácter gubernativo y de carácter jurisdiccional y gubernativo

Art. 11

En vigor desde 26 dic 2025
Para la provisión de Presidencias de la Audiencia Nacional y de sus Salas son méritos específicos: a) El tiempo de servicio activo en órganos jurisdiccionales de la Audiencia Nacional, especialmente en los relacionados con el orden jurisdiccional al que corresponda la vacante. b) La experiencia en órganos judiciales relacionados con el orden jurisdiccional al que corresponda la vacante, especialmente en órganos colegiados. c) En su caso, la experiencia en cooperación judicial internacional, así como la participación en causas complejas o con relevancia transnacional.
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eli/es/a/2025/12/17/(1)#art-11

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