Reglamento·n.º 578·29 de enero de 2021
Reglamento (UE) 2021/578
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2021/578 DE LA COMISIÓN - de 29 de enero de 2021 - por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos para la recogida de datos sobre el volumen de ventas y sobre el uso de medicamentos antimicrobianos en animales - (Texto pertinente a efectos del EEE)
Vigente desde el 29 de enero de 2021 36 artículos 1 vigencias historificadas
Consultar onlineÍndice
capo ICAPÍTULO I
capo I.tit_1TIPOS DE MEDICAMENTOS ANTIMICROBIANOS SOBRE CUYO VOLUMEN DE VENTAS Y USO SE RECOGERÁN DATOS Y SE COMUNICARÁN A LA AGENCIA
capo IICAPÍTULO II
capo II.tit_1GARANTÍA DE LA CALIDAD
capo II.sct_1SECCIÓN 1
capo II.sct_1.tit_1Obligaciones de los Estados miembros
capo II.sct_2SECCIÓN 2
capo II.sct_2.tit_1Obligaciones de la Agencia
capo IIICAPÍTULO III
capo III.tit_1MÉTODOS PARA LA RECOGIDA DE DATOS Y SU COMUNICACIÓN A LA AGENCIA
capo III.sct_1SECCIÓN 1
capo III.sct_1.tit_1Datos sobre el volumen de ventas
capo III.sct_2SECCIÓN 2
capo III.sct_2.tit_1Datos sobre el uso
capo III.sct_3SECCIÓN 3
capo III.sct_3.tit_1Informe de la Agencia sobre el volumen de ventas y sobre el uso
Art. 1Medicamentos antimicrobianos veterinarios sobre cuyo volumen de ventas se recogerán datos y se comunicarán a la AgenciaArt. 1.tit_1Medicamentos antimicrobianos veterinarios sobre cuyo volumen de ventas se recogerán datos y se comunicarán a la AgenciaArt. 2Medicamentos antimicrobianos veterinarios sobre cuyo volumen de ventas podrán recogerse datos y comunicarse a la AgenciaArt. 2.tit_1Medicamentos antimicrobianos veterinarios sobre cuyo volumen de ventas podrán recogerse datos y comunicarse a la AgenciaArt. 3Medicamentos antimicrobianos sobre cuyo uso se recogerán datos y se comunicarán a la AgenciaArt. 3.tit_1Medicamentos antimicrobianos sobre cuyo uso se recogerán datos y se comunicarán a la AgenciaArt. 4Medicamentos antimicrobianos sobre cuyo uso podrán recogerse datos y comunicarse a la AgenciaArt. 4.tit_1Medicamentos antimicrobianos sobre cuyo uso podrán recogerse datos y comunicarse a la AgenciaArt. 5Sistemas de clasificación para la identificación de los medicamentos antimicrobianos en relación con los cuales se recogerán datos y se comunicarán a la AgenciaArt. 5.tit_1Sistemas de clasificación para la identificación de los medicamentos antimicrobianos en relación con los cuales se recogerán datos y se comunicarán a la AgenciaArt. 6Requisitos relativos a la calidad de los datosArt. 6.tit_1Requisitos relativos a la calidad de los datosArt. 7Plan de gestión de la calidad de los datos, punto de contacto nacional y gestores de datosArt. 7.tit_1Plan de gestión de la calidad de los datos, punto de contacto nacional y gestores de datosArt. 8Protocolos y modelos para la comunicación de los datos por parte de los Estados miembrosArt. 8.tit_1Protocolos y modelos para la comunicación de los datos por parte de los Estados miembrosArt. 9Ayuda a los Estados miembros en materia de gestión de la calidad de los datosArt. 9.tit_1Ayuda a los Estados miembros en materia de gestión de la calidad de los datosArt. 10Interfaz web para la comunicación por parte de los Estados miembros de los datos recopiladosArt. 10.tit_1Interfaz web para la comunicación por parte de los Estados miembros de los datos recopiladosArt. 11Métodos para la recogida de datos sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinariosArt. 11.tit_1Métodos para la recogida de datos sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinariosArt. 12Métodos para la comunicación a la Agencia de datos sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinariosArt. 12.tit_1Métodos para la comunicación a la Agencia de datos sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinariosArt. 13Métodos para la recogida y comunicación a la Agencia de datos sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 13.tit_1Métodos para la recogida y comunicación a la Agencia de datos sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 14Sistemas para la recogida de datos sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 14.tit_1Sistemas para la recogida de datos sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 15Especies animales, categorías y etapas en relación con las cuales se recogerán y se comunicarán datos sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 15.tit_1Especies animales, categorías y etapas en relación con las cuales se recogerán y se comunicarán datos sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 16Datos y análisis que deben incluirse en el informe de la Agencia sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinarios y sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 16.tit_1Datos y análisis que deben incluirse en el informe de la Agencia sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinarios y sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 17Publicación por la Agencia de su informe sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinarios y sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 17.tit_1Publicación por la Agencia de su informe sobre el volumen de ventas de medicamentos antimicrobianos veterinarios y sobre el uso de medicamentos antimicrobianosArt. 18Entrada en vigor y aplicaciónArt. 18.tit_1Entrada en vigor y aplicación