Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Disposiciones complementarias
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 23 jun 1969
La Junta de gobierno provisional preparará, en el plazo máximo de tres meses, las listas de los Administradores que, por derecho propio, formarán parte de la Junta general de Colegiados.
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Proeli/es/res/1969/01/28/(1)#disposicion-transitoria-cuarta