Capítulo CAPÍTULO IISecc. Miembros

Art. 9

En vigor desde 23 jun 1969
Son miembros de número las personas naturales a que se refiere el párrafo primero del artículo 4. o de estos Estatutos y que habiendo solicitado su incorporación al Colegio la hayan obtenido.
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eli/es/res/1969/01/28/(1)#art-9

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