Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Artículos 28 a 40

En vigor desde 29 nov 1991
(Derogados) Se derogan por la disposición derogatoria del Real Decreto 1584/1991, de 18 de octubre. Ref. BOE-A-1991-27092 .

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eli/es/rd/1880/09/03/(1)#articulos-28-a-40

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