Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª De la causa de los contratos

Art. 1276

En vigor desde 16 ago 1889
La expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.
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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1276

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