Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª De la causa de los contratos
Art. 1276
1336 / 2077En vigor desde 16 ago 1889
La expresión de una causa falsa en los contratos dará lugar a la nulidad, si no se probase que estaban fundados en otra verdadera y lícita.
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Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-1276