Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 125

En vigor desde 8 feb 2009
Procurará que sus alumnos alcancen madurez en su personalidad mediante el desarrollo del espíritu creativo y la capacidad de análisis crítico. En todo momento fomentará en ellos capacidades para asumir el proceso del conocimiento y adaptarse a su evolución, infundiéndoles inquietud por el constante y progresivo perfeccionamiento.
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eli/es/rd/2009/02/06/96#art-125

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