Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 129

En vigor desde 8 feb 2009
El que ejerza la función docente fomentará los principios y valores constitucionales, contemplando la pluralidad cultural de España, y promoverá en sus alumnos los principios éticos y las reglas de comportamiento del militar, con el objetivo de que todos los miembros de las Fuerzas Armadas fundamenten su ejercicio profesional en el más exacto cumplimiento de los preceptos contenidos en estas Reales Ordenanzas.
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eli/es/rd/2009/02/06/96#art-129

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