Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición derogatoria
En vigor desde 29 jul 1989
Sin perjuicio de las retribuciones que puedan exigir las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores de acuerdo con el artículo 17 del Real Decreto 276/1989, de 23 de junio. sobre Sociedades Rectoras y miembros de las Bolsas de Valores, Sociedad de Bolsas y Fianza Colectiva, queda derogada la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 20 de septiembre de 1985, por la que se aprueba el Arancel de las Juntas Sindicales de los Colegios de Agentes de Cambio y Bolsa y Corredores de Comercio.
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Proeli/es/rd/1989/07/28/949#disposicion-derogatoria